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Quién no tiene que implantar VeriFactu

Antes de comprar nada, comprueba si te obliga. Hay bastante gente pagando por cumplir algo que no le aplica.

Ya estás en el SII

Quien lleva los libros registro a través del Suministro Inmediato de Información ya está informando a la AEAT del detalle de sus facturas casi en tiempo real. La finalidad de VeriFactu está cubierta por esa vía.

Afecta sobre todo a grandes empresas, grupos de IVA y quienes están en devolución mensual. Si estás en SII, confirma tu situación con tu asesoría antes de emprender ningún proyecto.

No emites facturas

Suena obvio, pero hay bastante confusión: VeriFactu obliga a quien expide facturas. Recibirlas no genera obligación. Un negocio que solo compra no tiene que hacer nada.

Operas fuera del ámbito de la normativa española

Si tu actividad de facturación no está sujeta a la normativa española de facturación, esta obligación no te alcanza. Es el caso de sociedades no establecidas en España con actividad íntegramente fuera.

Cuidado con los casos mixtos: una empresa extranjera con establecimiento permanente en España sí puede estar obligada por la parte española.

Los casos que parecen exención y no lo son

«Facturo muy poco»

No hay umbral. Cuatro facturas al año siguen siendo facturas.

«Solo hago tickets»

Las facturas simplificadas —lo que llamamos tickets— también son facturas, con su tipo propio (F2) en el registro. Entran igual.

«Facturo solo a particulares»

Da lo mismo quién sea el destinatario. La obligación va del emisor, no del receptor.

«Mi gestoría me hace las facturas»

Este merece cuidado. El obligado sigue siendo quien emite; el sistema con el que se emiten esas facturas tiene que cumplir, lo maneje quien lo maneje. Que lo teclee tu asesoría no traslada la obligación a la asesoría.

Cómo salir de dudas

Antes de gastar Dos preguntas a tu asesoría: ¿estoy en SII? y ¿mi actividad está sujeta a la normativa española de facturación? Con esas dos respuestas se resuelve la práctica totalidad de los casos.

Y si no te obliga, ¿merece la pena igualmente?

Hay un argumento honesto a favor: emitir con registro encadenado y QR verificable da garantías a tus clientes y te deja el histórico ordenado. Pero es una decisión de negocio, no una obligación — y conviene que quien te lo venda te lo diga así.

¿Te toca integrarlo?

Nosotros ya nos hemos comido los rechazos. Puedes ahorrártelos.

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