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VeriFactu para autónomos: qué te toca hacer y cuándo

Si eres autónomo y facturas, VeriFactu te afecta desde el 1 de julio de 2027. Esto es lo que hay que hacer, y lo que no hace falta hacer.

Tu fecha: 1 de julio de 2027

Las sociedades entran antes, el 1 de enero de 2027. Los autónomos y demás obligados, el 1 de julio. Son las fechas del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, y son las vigentes hoy. Ojo con el RD 254/2025, que aparece en mucho contenido todavía: fue el aplazamiento anterior, el que llevaba las fechas a 2026.

Lo que NO tienes que hacer

Empecemos por aquí, porque circula mucho ruido:

  • No tienes que darte de alta en ninguna plataforma de Hacienda.
  • No tienes que comprar un certificado digital nuevo necesariamente.
  • No tienes que enviar tú nada manualmente: lo hace el software.
  • No tienes que cambiar tu forma de numerar las facturas.

Lo que sí tienes que hacer

1. Averiguar si tu programa cumplirá

Es la única tarea realmente importante, y conviene hacerla ya. Pregunta a tu proveedor, por escrito, dos cosas: si su producto cumplirá el RD 1007/2023, y en qué fecha estará disponible la actualización.

Si facturas con Word, Excel o un talonario, entonces sí tendrás que cambiar de sistema.

2. Comprobar que tu nombre fiscal está bien escrito

Parece una tontería y es el motivo número uno de rechazo. En el sistema tiene que constar tu razón social tal y como figura en Hacienda — la de tus modelos fiscales — no tu nombre comercial ni el rótulo del negocio.

Comprueba esto hoy Mira cómo apareces en tu último modelo 303 o 130 y compáralo con lo que tienes puesto en tu programa de facturación. Si no coinciden, las facturas se rechazarán una por una.

3. Acostumbrarte a no borrar facturas

A partir de la entrada en vigor, una factura emitida no se puede eliminar ni editar. Si te equivocas, se emite una rectificativa. Si hay que dejarla sin efecto, se genera un registro de anulación. Ambas cosas dejan rastro, que es justamente el objetivo.

4. Decidir quién habla con Hacienda

Hay dos formas de que tus registros lleguen a la AEAT: que los remita tu proveedor de software en tu nombre (necesita un apoderamiento tuyo), o que se remitan con tu propio certificado digital.

La primera es más cómoda: firmas un papel y te olvidas. La segunda te da más control, pero tienes que mantener tu certificado vigente. Lo explicamos en certificados, firma y custodia.

¿Y si facturo muy poco?

La obligación no depende del volumen. Da igual que emitas cuatro facturas al año: si estás obligado, lo estás. La buena noticia es que para volúmenes pequeños casi cualquier solución razonable te sirve, y hay opciones muy baratas.

El QR en tus facturas

Tus facturas pasarán a llevar un código QR. No es decorativo: quien la recibe puede escanearlo y comprobar en la sede de la AEAT que esa factura está declarada. Para trabajos con empresas, ese QR juega a tu favor — es una prueba de que facturas en regla.

¿Te toca integrarlo?

Nosotros ya nos hemos comido los rechazos. Puedes ahorrártelos.

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